EXPERIENCIA NACIONAL
¿Cuáles son los delitos más denunciados en contra de los médicos en Ecuador?
El COIP establece algunas figuras penales
José Ignacio Vallejo, abogado en DS Legal Group.
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Jonathan Veletanga. Quito
Cada año en el Ecuador es más evidente una tendencia al alza del número de reclamaciones en contra de los profesionales de la salud por
supuesta mala práctica profesional. Los pacientes que se sienten afectados realizan sus denuncias, incluso cuando no existe un verdadero delito.
¿Cuáles son los delitos más denunciados en contra de los médicos? Para conocer sobre este tema, EDICIÓN MÉDICA ha conversado con
José Ignacio Vallejo, abogado del departamento procesal de DS Legal Group, un despacho jurídico especializado en Derecho Sanitario que se dedica a la asesoría y defensa de los sanitarios en el país.
Vallejo ha explicado que desde la entrada en vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en 2014, la ciudadanía ha utilizado con más frecuencia dos figuras penales para interponer sus denuncias:
las lesiones y
el homicidio culposo por mala práctica profesional. Hoy en día son “los delitos que más denuncia la ciudadanía en contra de los médicos”, ha asegurado.
Esto quiere decir que
las lesiones son el principal motivo de las reclamaciones en nuestro medio. Al respecto el artículo 152 del COIP establece que “la persona que lesione a otra será sancionada de acuerdo” a diferentes tipos de lesiones.
Por ejemplo, si las lesiones producen en la víctima un daño, enfermedad o incapacidad de 4 a 8 días, será sancionada con pena privativa de libertad de 30 a 60 días; si el daño, incapacidad o enfermedad es de 9 a 30 días, la sanción es una pena privativa de libertad de 2 meses a 1 año;
si el daño, incapacidad o enfermedad es de 31 a 90 días, se sanciona con pena privativa de libertad de 1 a 3 años.
Si produce en la víctima una grave enfermedad o una disminución de sus facultades físicas o mentales o una incapacidad o enfermedad, que no siendo permanente supere los 90 días,
será sancionada con pena privativa de libertad de 3 a 5 años; si produce enajenación mental, pérdida de un sentido o de la facultad del habla, inutilidad para el trabajo, incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano o alguna grave enfermedad transmisible e incurable, será sancionada con pena privativa de libertad de 5 a 7 años.
La lesión causada por infringir un deber objetivo de cuidado, en cualquiera de los casos anteriores, será sancionada con pena privativa de libertad de un cuarto de la pena mínima prevista en cada caso… No serán punibles las lesiones derivadas de acciones terapéuticas ejecutadas por profesionales de la salud en cumplimiento del principio de necesidad que precautele la salud del paciente, detalla el COIP.
En este sentido, Vallejo ha puntualizado que es más frecuente que en las acciones penales públicas se den trámite, principalmente, a las
lesiones que provocan algún tipo de daño por más de 30 días o alguna lesión permanente.
Pero,
¿cómo se determina si esa lesión se produjo a causa de una mala práctica profesional?
El abogado ha explicado que todos los delitos inician en Fiscalía con una denuncia, un acto administrativo, un parte policial, etc. Posteriormente, el Fiscal para considerar y avocar conocimiento de delito, despacha varias diligencias, como recopilar versiones de testigos, reconocimiento del lugar de los hechos,
examen médico legal y peritajes, mediante los peritos médicos acreditados por especialidad en el Consejo de la Judicatura, entre otras.
Los peritajes son claves y fundamentales en estos casos. Por ello, “lo ideal es pedir al señor Fiscal que oficie a peritos para que le ayuden a conocer qué pasó, qué dice una historia clínica, si se cumplieron procedimientos o no, etc. Recordemos que la Medicina es de medios (protocolos, procedimientos, entre otros) más no de resultados”, ha considerado Vallejo.
Según lo indicado, en este tipo de delitos (por lesiones) el Fiscal tiene entre
1 y 2 años para investigar (investigación previa).
Frente a este panorama, Vallejo ha dado varias recomendaciones a los profesionales de la salud para que pueden ejercer su profesión con mayor tranquilidad. La principal, que
transfieran el riesgo a través de una aseguradora o bróker y, ante cualquier duda, busquen la asesoría de abogados especialistas en Derecho Sanitario.
También ha sugerido que realicen un
correcto llenado de la historia clínica, donde conste todo el procedimiento que se realizó; una adecuada explicación y elaboración del consentimiento informado al paciente; y una adecuada solicitud y ejecución de los exámenes médicos (basada en la evidencia científica).