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PLATAFORMA DE ACESS
Desde julio el sistema REMSAF será el único canal de recepción del reporte de medicamentos sujetos a fiscalización
Debe ser remitido dentro de los primeros 10 días de cada mes
Miércoles, 22 de junio de 2022, a las 17:41
Es un reporte obligatorio para los esteblecimientos de salud pblicos y privados,

Es un reporte obligatorio para los esteblecimientos de salud públicos y privados,


Redacción. Quito
La Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) ha informado que desde el mes de julio (reporte correspondiente a junio) el reporte de medicamentos que contienen sustancias catalogadas sujetas a fiscalización será receptado únicamente a través del sistema “REMSAF”.
 
Esta disposición busca potenciar los canales digitales de la institución y optimizar el tiempo para la entrega del reporte de movimiento de medicamentos que contienen sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.
 
ACESS ha informado que esta disposición se ha establecido a través de la Resolución No. ACESS-2022-0028, que entró en vigencia el 03 de junio de 2022. En este documento se reitera que el reporte es obligatorio a través del sistema informático “Reporte de Medicamentos Sujetos a Fiscalización – REMSAF” y debe ser remitido dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente.

De esta manera, la agencia ha establecido como único canal de recepción el sistema informático REMSAF, que es de fácil acceso y que se encuentra disponible aquí: https://bit.ly/3a0RqyQ.
 
El Reporte de Medicamentos Sujetos a Fiscalización se debe realizar mensualmente y de forma obligatoria por parte de los establecimientos de salud públicos o privados, que cuentan con el servicio de farmacia.
 
¿Qué requisitos se necesitan?
 
El establecimiento de salud debe tener su permiso de funcionamiento vigente o encontrarse en un proceso de renovación.
 
El químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico debe tener registrado su título profesional en el sistema de Registro de Títulos de la Acess.

El reporte mensual estará a cargo del responsable farmacéutico.
 
El químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico puede tener bajo su responsabilidad máximo 3 establecimientos de salud que cuenten con el servicio de farmacia.

Fuente ACESS.





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