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EN GUAYAQUIL
Médico del IESS recibe pena máxima agravada por abusar sexualmente de una paciente
Fue declarado culpable como autor directo del delito
Martes, 08 de abril de 2025, a las 11:54
El hecho se registr en 2018.

El hecho se registró en 2018.


Redacción. Quito
Con base en el testimonio anticipado de la víctima y otras pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, un Tribunal Penal de Guayas ha dictado sentencia condenatoria de 9 años y 4 meses de prisión contra el médico Raúl Fernando C. C., por el delito de abuso sexual, perpetrado contra una adolescente de 16 años.

El hecho ocurrió en mayo de 2018, en un hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), en el sur de Guayaquil.

La denuncia ha sido presentada por el padre de la víctima, quien ha relatado que acudieron con su hija a la sala de emergencias del Hospital del Día Dr. Efrén Jurado, debido a fuertes dolores abdomino-pélvicos. En ese lugar, fue atendida por el ahora sentenciado, que la hizo pasar sola a su consultorio.

Según la Fiscalía, una vez dentro del consultorio, el médico solicitó que se le suministre un suero con medicación para observar su reacción. El suero habría contenido Tramadol (un analgésico opioide) que provocó somnolencia en la víctima, de acuerdo con las investigaciones, y en ese estado el médico aprovechó para cometer el abuso sexual.

Días después, la adolescente relató lo ocurrido a sus profesores y autoridades del colegio. Ellos informaron a su familia, y fue su padre quien acudió a la Fiscalía a presentar la denuncia.

En noviembre de 2019, la Fiscal a cargo del caso formuló cargos contra Raúl Fernando C. C. y un Juez de Garantías Penales dictó medidas cautelares: prohibición de salida del país y presentación periódica.

Durante la audiencia de juzgamiento, la Fiscal de la Unidad de Violencia de Género a cargo del caso ha presentado las pruebas que demostraron la responsabilidad penal del procesado, como por ejemplo los informes investigativos, pericia sicológica, de rasgos de personalidad y de entorno social, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el análisis de la historia clínica, el testimonio anticipado de la adolescente y siete versiones más.

Por su parte, por unanimidad el Tribunal Penal ha declarado culpable al procesado en calidad de autor directo del delito y, además de la condena de prisión, le ha impuesto una multa de 26 salarios básicos unificados y el pago de 4.000 dólares como reparación integral a la víctima.

Asimismo, ante el pedido de la Fiscalía, se ha dispuesto la rehabilitación psicológica y educativa de la adolescente y su núcleo familiar, a cargo de una institución pública, y el sentenciado deberá recibir capacitación en temas de violencia basada en género, una vez que cumpla su condena.

El dato 

La Fiscalía ha procesado este caso con base en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que a la fecha de los hechos sancionaba el delito de abuso sexual con pena privativa de libertad de cinco a siete años, más las agravantes establecidas en el artículo 48, numeral 1, del mismo cuerpo legal, que permite incrementar la pena hasta en un tercio.


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