ESTRATEGIAS ESTABLECIDAS
Sociedad de Dermatología y ACESS iniciarán acciones para combatir el intrusismo laboral en Loja
Los profesionales de salud requieren contar con un consultorio de especialidad y tener permiso de funcionamiento
Reunión entre ACESS y dermatólogos.
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Redacción. Quito
A través de reuniones de trabajo entre autoridades de la Dirección Zonal 7 de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) y la Sociedad de Dermatología Núcleo Loja, se han establecieron estrategias conjuntas para
luchar contra el intrusismo laboral en los procedimientos dermatológicos.
“En la consulta de todos los dermatólogos hay demanda de pacientes con
iatrogenias causadas por personas no profesionales”, ha revelado
Lucía Ortega Cabrera, presidenta de la Sociedad de Dermatología núcleo Loja, durante una de las reuniones mantenidas con funcionarios de la agencia.
La Iatrogenia es uno de los principales riesgos a los que se exponen los pacientes cuando acuden a prestaciones de servicios de Dermatología con personas que no son especialistas en esta rama de la Medicina.
Por este motivo, Ortega ha expresado su preocupación frente al incremento de la oferta de servicios dermatológicos en centros estéticos, por parte de cosmiatras o dermacosmiatras, que no son profesionales de salud y cuya formación les prepara para el cuidado de la piel sana y
no para realizar procedimientos invasivos.
Actualmente, en la provincia de Loja la Sociedad de Dermatología agremia a
15 especialistas entre dermatólogos y dermatopatólogos. Mientras que en Zamora Chinchipe
existe 1 especialista, según la dirigente gremial.
Un dermatólogo es un médico especialista de cuarto nivel, formado para diagnosticar enfermedades de la piel, cabello y uñas, e indicar tratamientos médicos, para prestar sus servicios de salud, estos profesionales requieren contar con un consultorio de especialidad,
con permiso de funcionamiento otorgado por la Acess.
Jack Castillo Tinoco, director zonal 7 de ACESS, ha mencionado que en el marco de las atribuciones legales y en cumplimiento de la misión institucional de
velar por la seguridad de los pacientes, se ejecutan las acciones pertinentes frente a esta problemática. Ha recalcado que la Ley Orgánica de Salud determina que para ejercer como profesional de salud es necesario contar con título universitario registrado en la Agencia y limitar sus acciones al área que el título le asigne.
El funcionario ha manifestado que el intrusismo laboral en el ámbito de la salud es cuando una persona ejerce una profesión
sin contar con la titulación y/o sin la autorización requerida. Esa acción es considerada un delito tipificado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), y sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años, para la persona que ejerza la profesión sin título.
Por este motivo, se iniciarán una
serie de acciones para aportar a la minimización del intrusismo.