ASPECTOS DETERMINADOS
Telemedicina en Ecuador: una revolución con necesidades normativas
Es una prestación de salud que cada vez se emplea más
Martes, 28 de diciembre de 2021, a las 12:50
José Ignacio Vallejo Franco, abogado procesal de DSLegal Group de la Zona Norte del Ecuador.
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Redacción. Quito
La
actividad de la telemedicina se define como aquella prestación de los servicios de salud que, gracias a la intervención del uso de las
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), se produce en situaciones en las que el profesional sanitario y el paciente no se encuentran en el mismo lugar.
Tras la llegada de la pandemia, se ha presenciado un acelerado y necesario
proceso de transformación tecnológico, que ha impactado en muchos aspectos de la vida diaria, sin dejar de lado la atención primaria, ha considerado
José Ignacio Vallejo Franco, abogado procesal de DSLegal Group de la Zona Norte del Ecuador, en declaraciones para Uniteco Profesional.
Ha asegurado que la práctica de la telemedicina ha pasado de ser una necesidad a una prestación de la salud cada vez más empleada, ya que “
es una herramienta muy fácil de obtener y administrar, evitando los traslados a los centros médicos y facilitando la vida a los pacientes”, al mismo tiempo que se reduce la duración de las consultas médicas.
A pesar de los beneficios que esta práctica puede aportar a la disciplina, Vallejo ha añadido que “uno de los
principales riesgos de la telemedicina sería la errónea determinación de un
diagnóstico médico”. A ello, hay que sumar el
mal uso de datos personales que se practica: documentos relativos a la salud física y mental, datos de sexualidad, raza o el código genético, antecedentes familiares, enfermedades actuales y pasadas, hábitos de vida y alimentación, entre otros. “Se debe tener cuidado cuando se trata de historias clínicas y datos relevantes a la salud de una persona”, ha dicho.
En lo relacionado con el mal uso de datos del paciente, los
profesionales sanitarios deben cumplir una serie de obligaciones que garantizarán la protección del paciente y el futuro de la actividad del médico ante posibles contratiempos. Entre ellos, se destacan la obtención del
consentimiento del paciente y la adaptación de medidas sanitarias para preservar la seguridad de los datos personales.
Del mismo modo, el abogado Vallejo ha asegurado que
la telemedicina debe ser aprobada y válida. En este sentido, ha expresado que “debe haber
ciertas circunstancias en las que no se pueda aplicar, por ejemplo, en determinados síntomas donde es evidente la necesaria evaluación física del médico”.
Vallejo ha recordado que “
esta herramienta debe añadirse a la Ley Orgánica de Salud donde se controla la materia sanitaria”. Ante la falta de regulación que la telemedicina experimenta, se encuentra la clara inexistencia de una normativa
. Observando este panorama, habría que atender al código ético médico de
Ecuador, que es el que “manifiesta la necesidad de que la
atención del paciente sea física y prohíbe la atención por medios digitales”.
“No podemos dejar de señalar las dificultades que existen en el
acceso a las
TIC que presentan algunas regiones a la hora de poder ejercer la telemedicina: hay lugares en Ecuador en los que ni siquiera tienen electricidad y mucho menos vana tener acceso a internet. Esto, evidentemente, es una limitación para el desarrollo de esta actividad”, ha enfatizado Vallejo.
Las tecnologías son el futuro, sin embargo,
la falta de regulación de la telemedicina sigue ocasionando imperfecciones en su práctica diaria, así como en los resultados de los diagnósticos o en la seguridad de los datos personales del paciente. Esta actividad mantiene el sabor agridulce entre las múltiples oportunidades que se pueden desarrollar, las limitaciones y los peligros tecnológicos que conlleva, ha concluido.