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Salud Pública

BUENAS PRÁCTICAS
¿Conoce la nueva normativa de atención a la población LGBTI?
Las LGBTI no utilizan los servicios de salud por temor a ser discriminados
Viernes, 27 de enero de 2017, a las 12:34
Patricio Aguirre, director de Derechos Humanos, Gnero e Inclusin.

Patricio Aguirre, director nacional de Derechos Humanos Género e Inclusión del MSP.


Cristina Coello. Quito
Desde diciembre de 2016 está vigente el manual de atención en salud a personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersex (LGBTI), con el objetivo de que el personal sanitario pueda brindar una atención adecuada a este grupo de personas y reducir las barreras de acceso a los servicios de salud.
 
Patricio Aguirre Arauz, director nacional de Derechos Humanos Género e Inclusión del Ministerio de Salud Pública (MSP), ha asegurado a REDACCIÓN MÉDICA que esta norma “era necesaria, porque el país aún tiene algunas brechas que cubrir y ésta es una de las poblaciones que está en situación de exclusión”.
 
La norma está organizada por capítulos. El primero habla de los marcos generales, derechos y práctica sanitaria que se aplica a la población LGBTI.
 
Según ha explicado Aguirre, la norma tiene un capítulo dedicado a cada tipo de población, uno de salud mental y otro con asesoría para padres sobre cómo abordar el tema con los jóvenes.
 
“En cada capítulo hay una parte conceptual, otra de contexto y una dedicada a lo que está expuesta esa población. Luego hay una explicación de las buenas prácticas internacionales de atención” sanitaria y por lo tanto es una normativa muy práctica, ha asegurado el director.
 
Para Aguirre, es importante que la normativa sea conocida por todo el personal sanitario  ya que su misión “es atender de la mejor manera a la ciudadanía y en esa medida debemos estar abiertos a conocer y descubrir nuevos instrumentos”.
 
Por otra parte, el directivo ha recordado que en el marco de Modelo de Atención Integral (MAIS) se identifica a los distintos tipos de poblaciones y determina que todas deben recibir un servicio de calidad y calidez.
 
Las barreras, el momento de la atención, “tiene que ver con el desconocimiento, los prejuicios, la falta de procedimientos de atención específicos hacia esta población. Nuestros profesionales deben lograr ver la importancia que tiene en sus territorios de identificar y trabajar con esa población en términos de la salud pública”, ha recomendado Aguirre.
 
“Es un desafío constante. El hecho de que exista una ley no significa que automáticamente se cambian las estructuras mentales, la cultura, las prácticas. Hay que seguir trabajando” en la comprensión de las necesidades de salud específicas de la población LGBTI.
 
Esta normativa organiza una serie de recomendaciones internacionales para fortalecer la atención en los servicios de salud, respetando e incluyendo el enfoque de derechos, género, interculturalidad e intergeneracionalidad.
 
Los objetivos que busca la norma
 
Según ha explicado Aguirre, la norma busca, además de ser una herramienta que permita una comunicación asertiva, evitar la discriminación o violencia hacia la población LGBTI en los servicios de salud.
 
Además se ha determinado los lineamientos que permitan reconocer y prevenir factores de riesgo en salud a los que pueden estar expuestas las personas LGBTI.
 
También se busca establecer criterios para la referencia oportuna de aquellas situaciones o condiciones de salud que ameriten clínicamente la atención y resolución por otros niveles de atención.
 
Las cifras
 
El Estudio sobre condiciones de vida, inclusión social y cumplimiento de derechos humanos de la población LGBTI en el Ecuador, del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) del año 2013, muestra que el 58 por ciento  del total de personas LGBTI encuestadas no tiene ningún tipo de seguro de salud, mientras que el 33,7 por ciento ha experimentado discriminación en el ámbito de salud y el 18,7 por ciento ha vivido experiencias de exclusión. 



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