DERECHOS FUNDAMENTALES
Aprueban informe que amplía permiso para atención médica
Los certificados médicos deberán ser otorgados o validados por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
Viernes, 21 de diciembre de 2018, a las 10:11
La reforma está enfocada en reivindicar el derecho a la salud.
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Redacción. Quito
La Asamblea Nacional (AN) ha informado que,
con ocho votos a favor, la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social aprobó el informe para segundo debate del proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Servicio Público.
Este proyecto busca ampliar el tiempo de
permiso para atención médica, siempre y cuando se justifique con el certificado médico correspondiente, otorgado o validado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS,
además estos permisos serán concedidos sin imputabilidad a vacaciones, ni reducción de remuneraciones, ha indicado la AN.
Según ha informado el organismo del gobierno, durante el primer debate dentro del Pleno, los parlamentarios resaltaron que la reforma está enfocada en
reivindicar el derecho fundamental a la salud.
En este sentido, los parlamentarios
han calificado de acertada esta modificación en la norma vigente en la cual el objetivo es dar al trabajador el tiempo que requiera para la atención de salud, ya que la norma vigente reconoce únicamente un periodo máximo de dos horas, que no se compadece con la situación que vive el servidor.
Ley de Seguridad Social
La AN ha señalado que, durante la sesión, los legisladores también han aprobado la elaboración de informes para primer debate de las
Reformas a la Ley de Seguridad Social, de iniciativa del asambleísta César Carrión y otros proyectos de Ley.
Con esta norma legal se pretende que las entidades que integran el Sistema Nacional de Seguridad Social para su constitución, organización, actividades, funcionamiento y extinción se sujeten a las disposiciones de esta Ley, a la Ley de Mercado de Valores, al Código de Comercio, a la Ley de Compañías, en forma supletoria, y a las
normas reglamentarias y resoluciones que para el efecto dicten los organismos de control creados por la Constitución.
La justificación es que la Superintendencia
no cuenta con instrumentos de control claramente determinados, ni las atribuciones para hacer cumplir las normas e imponer sanciones y otras medidas correctivas, ha indicado la AN.
Ley Orgánica de Servicio Público
De acuerdo a la AN, también se
elaborará el informe del Proyecto de Ley de Reforma a Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP), en donde se plantea que, para participar como candidatos de elección popular, desde la fecha de inscripción de su candidatura, hasta el día siguiente de las elecciones, en caso de ser servidor de carrera de servicio público, se incluya, a aquellos que laboran bajo la modalidad de nombramiento provisional.
Mandato No.8
El informe sobre la defensa de los derechos de los trabajadores sujetos al régimen establecido en el Mandato 8, del asambleísta Eliseo Azuero, también será analizado, ha informado la AN, y ha dado a conocer que en este documento se establece que las personas naturales o jurídica -expresamente registradas ante el ministerio de Trabajo, y al amparo del Mandato Constituyente No.8 que e
stén autorizadas como prestadores de actividades complementarias, podrán ofertar servicios de vigilancia, seguridad, alimentación, mensajería y limpieza.
Las personas contratadas bajo la modalidad de actividades complementarias,
participarán proporcionalmente del porcentaje legal de las utilidades líquidas de las empresas beneficiarias de sus servicios, ha finalizado el comunicado.