INFORME APROBADO
Asamblea Nacional resuelve las objeciones presidenciales a la Ley de Cuidados Paliativos
Queda una Ley de Cuidados Paliativos sólida
Humberto Tapia, asambleísta ponente del informe.
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Redacción. Quito
Sobre la base del informe de la Comisión de Salud, el Pleno de la Asamblea Nacional ha aceptado la
objeción presidencial sobre el proyecto de Ley de Cuidados Paliativos en los términos constantes en el dictamen de la Corte Constitucional.
Además, se ha ratificado en
dos textos originalmente aprobados por el Legislativo y se ha allanado a 12 objeciones al proyecto de Ley de Cuidados Paliativos.
La Ley de Cuidados Paliativos tiene como objetivo garantizar una atención integral que permita a las personas vivir con dignidad, en cualquier etapa de su enfermedad. Esta atención se proporcionará desde el diagnóstico de una enfermedad avanzada o incurable, adaptándose a las necesidades del paciente y de su familia.
La votación del informe de la Comisión de Salud se ha realizado en tres bloques y han sido respaldadas de forma unánime: la primera, relacionada a la
objeción parcial por inconstitucionalidad para la eliminación del inciso 2 del artículo 19 del proyecto, obtuvo 104 votos.
La segunda para la
objeción parcial por inconveniencia, el allanamiento al texto propuesto por el Presidente de la República referentes a los artículos 2,3 (excepto el numeral 5), 5,6,8,10.1,10.2,12,14,15,1620, registrando 117 votos.
Por último, a la
ratificación de los artículos 7 y 21 del proyecto de ley aprobado por el Pleno de la Asamblea Nacional, se han registrado 118 votos a favor.
Humberto Tapia, asambleísta ponente del informe, ha señalado que procede la objeción de inconstitucionalidad al inciso 2 del artículo 19, respecto al principio de no intervención de los fondos provenientes de las instituciones de la seguridad social, conforme los artículos 368, 370 y 372 de la Constitución.
Sobre los textos ratificados, ha indicado que son para que el Sistema Nacional de Cuidados Paliativos esté integrado por la atención paliativa domiciliaria, con equipos en todos los niveles de atención; y, para que el ente rector de educación superior brinde apoyo a los profesionales que busquen especializarse en cuidados paliativos, con becas y facilidades de estudios y homologar sus títulos en el país.
En cambio, para las personas que se encuentran en situación de abandono o sin referente familiar, siempre que se haya verificado lo anterior, y cuando no se encuentren en capacidad de decidir su tratamiento, la Autoridad Sanitaria Nacional establecerá el mejor tratamiento posible.
Las personas tendrán derecho a un acompañamiento adecuado durante el proceso de fin de vida, lo cual incluye un enfoque ético, humanitario y científico, permitiéndoles pasar este periodo rodeados de un entorno que respete sus deseos y necesidades personales.
“Nos tomamos el tiempo en favor de la sociedad civil para incorporar las observaciones al proyecto normativo.
Queda una Ley de Cuidados Paliativos sólida", ha dicho Tapia.