EN LA MITAD DE LOS MUNICIPIOS
Desechos hospitalarios no reciben tratamiento seguro
Expertos sugieren un posible problema de Salud Pública
José Rosero Moncayo, director ejecutivo del INEC.
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Diego Mosquera. Quito
Según
datos estadísticos publicados por el Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos (INEC) el 52,7 por ciento de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) municipales no dan tratamiento alguno a los desechos peligrosos generados en establecimientos de salud (hospitales, centros médicos, entre otros).
Además, el informe señala que para manejar estos desechos el 43,2 por ciento de los GAD usan una celda especial, el 2,3 por ciento la técnica de la autoclave y el 1,8 por ciento los incinera.
El informe ha sido basado en el estudio de 191 GAD municipales de los 221 que tiene el Ecuador.
Ramiro Salazar, médico experto en temas de bioseguridad ha comentado a REDACCIÓN MÉDICA que se debe mejorar la coordinación entre las autoridades sanitarias y las municipales para que se cumplan las normas en cuanto a manejo de desechos peligrosos.
Salazar ha añadido que este no es un problema de los hospitales ya que a su criterio la mayoría tiene protocolos y normas establecidas para el manejo de estos desechos que son un requisito indispensable para poder funcionar, “el problema viene cuando esta basura hospitalaria es recogida por los encargados de aseo en los municipios, los desechos son tratados sin normas de seguridad y aquí es donde nacen los riesgos sanitarios”, ha dicho.
Finalmente el profesional ha manifestado que el manejo inadecuado de desechos infecciosos podría generar que se trasmitan a la comunidad microoroganismos patógenos con un riesgo relativo para las personas y esto se podría convertir en un problema de Salud Pública.
“Una solución es que a partir de las entidades de salud se obligue a que toda institución de salud sea pública o privada para que tengan un manual de manejo de estos desechos y que los municipios de todo el país recolecten de manera diferenciada los desechos”.
Normativa vigente
El
‘Modelo de Ordenanza para la Gestión de Desechos Hospitalarios en Establecimientos de Salud’ señala en su Capítulo 1 Art. 25 que: ‘El GAD del Cantón… asume las obligaciones y responsabilidades técnicas y jurídicas del manejo de los residuos, desde el momento y lugar en que los recibe, salvo comprobación que la clasificación, embalaje, e identificación se encuentren adulterados en el momento de recibir los desechos’.
Además, en su Capítulo 2 Art.33 señala que ‘El sistema de transporte requerirá de una licencia ambiental, según lo dispuesto en el Art. 168 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente’.