Donación de células sexuales y portadoras gestacionales deben ser regulados en el COS
SEMER impulsa una campaña de información sobre alternativas a la infertilidad
Pablo Valencia, Julio Urresta y Hugo Behr.
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Cristina Coello. Quito
El presidente de la Sociedad Ecuatoriana de Medicina Reproductiva (SEMER),
Hugo Behr, ha considerado que “la infertilidad es un tema muy sensible y complejo, del cual se habla poco en el país” y algunas alternativas para tratarla requieren ser
aprobadas y reguladas en el nuevo proyecto de Código Orgánico de Salud (COS).
En un conversatorio con la prensa, Behr ha enfatizado que la comunicación es un factor vital y urgente, en especial para quienes enfrentan
patologías reproductivas.
Ha señalado que el gremio científico ha presentado varias observaciones al artículo 189 del proyecto de COS, referente a
Reproducción humana asistida. Entre ellas, que no consideran oportuna la prohibición de contraprestaciones económicas por la donación de gametos o embriones, ni por la subrogación del vientre.
Portadora gestacional
Ante ello,
Pablo Valencia, miembro de SEMER y experto en reproducción humana, ha aclarado que está mal utilizado (por algunos asambleístas) el término de ‘vientre de alquiler’, o subrogación del vientre.
“La palabra que debe usarse es
‘portadoras gestacionales’, como lo estipulan normativas de otros países. Y en el Ecuador no debe impedirse una bonificación, sino más bien normarlo”, ha considerado Valencia.
Para el experto, existen grupos minoritarios que “sin una base científica piensan que se explota a la mujer por pagarle para llevar en su vientre el bebé de otra. No lo consideran como una buena
alternativa para la causa de infertilidad denominada factor uterino absoluto (mujer sin útero, pero con ovarios). Hay desconocimiento”, se ha lamentado.
Ha destacado que una normativa también debe “pensar en el grupo de mujeres sanas que quieren
tener su hijo biológico”, no solo proponer la adopción.
Por lo cual, ha insistido en que se debe normar esa alternativa de concepción y no simplemente restringir. Esa prohibición, “también
limita los derechos reproductivos de las mujeres y de las parejas infértiles”, ha argumentado.
Aún así, Valencia ha aclarado que acudir a una portadora gestacional debe tener
una indicación materna y realizarse con el óvulo y esperma de la pareja que lo requiere, para evitar cualquier tipo de abuso.
A decir del especialista, anualmente
se registran unos 15 casos de portadoras gestacionales, lo cual, actualmente no está prohibido, ni regulado. “Depende mucho de la experiencia del centro y la relación con los pacientes y portadoras. Además, es necesario un acompañamiento en todo el proceso y que la portadora apruebe algunos estudios psicológicos”, ha explicado.
Para Valencia, el
trasplante uterino sería una solución, pero dicha alternativa está en etapa de investigación.
En células sexuales
El borrador de COS también prohíbe contraprestaciones económicas o compensaciones de cualquier tipo a cambio de la donación de gametos o embriones, “lo cual no pasa en ningún lugar del mundo, nadie lo hace gratis” y derivaría en la desaparición de tratamientos, ha mencionado el especialista
Julio Urresta, para quien, esa donación es la
solución en algunos casos de infertilidad.
Los especialistas han argumentado que las células sexuales se excluyen de las legislaciones de
donación de órganos y trasplantes porque se las consigue “mucho más fácil”.
“Con el trasplante de órganos el paciente recibe tratamiento de por vida para evitar el rechazo. Los óvulos y espermatozoides no generan rechazo, entonces, no deben normarse de la misma manera”, ha considerado Behr.