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Salud Pública

OBJECIÓN PARCIAL
Ejecutivo envía nueva propuesta para los permisos de atención médica
La Asamblea debe aceptar las observaciones o ratificar el texto aprobado por el Pleno
Miércoles, 27 de febrero de 2019, a las 12:30
Lenn Moreno, presidente de la Repblica.

Lenín Moreno, presidente de la República.


Redacción. Quito
La Asamblea Nacional ha informado que el Ejecutivo ha objetado parcialmente el proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) relacionado con el tiempo de permiso para la atención médica.
 
Este documento fue remitido a la Asamblea para que en el plazo de 30 días acepte las observaciones o, de ser el caso, ratifique el texto aprobado por el Pleno.
 
La propuesta del Gobierno
 
El Legislativo ha indicado que el Gobierno ha planteado que los servidores públicos tendrán derecho a permiso para atención médica por el tiempo que sea necesario, incluido el tiempo de traslado desde su domicilio o lugar de trabajo, siempre que se justifique con el certificado médico correspondiente otorgado por el médico que efectuó la atención médica.
 
En cambio, la propuesta de la Asamblea establecía que dicho certificado debía ser otorgado o validado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o los centros de salud, lo cual, a criterio del Ejecutivo resultaría “inadecuado”, ya que el ejercicio profesional por parte de los profesionales de la salud les da, al margen de trabajar o no en el IESS o en una entidad pública, el derecho y obligación de emitir certificados médicos que tienen plena validez y vigencia por el solo hecho de su expedición.
 
En este sentido, cabe señalar que estos permisos se considerarán sin cargo a vacaciones ni reducción de las remuneraciones.
 
Según la Asamblea, el presidente de la República, Lenín Moreno, ha justificado su observación en el sentido que es necesario regular lo atinente a comisiones, licencias y permisos, con el objeto de conciliar la prestación adecuada y oportuna de las actividades del Estado, ya sea por situaciones relacionadas con la prestación de servicio en el propio Estado o con el derecho de los servidores públicos para atender situaciones de índole personal que impliquen el que eventualmente deban ausentarse de su lugar de trabajo.



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