Redacción. Quito
Tras la confirmación de la presencia de la variante delta y delta plus del COVID-19 en la provincia de El Oro y en el cantón Guayaquil, y
con la finalidad precautelar la salud y la vida de los ciudadanos, el Gobierno Nacional ha tomado decisiones con el fin de mitigar la propagación de estas variantes en el país. Por lo que el presidente de la República, Guillermo Lasso, decretó un estado de excepción focalizado en estas zonas.
La medida
entra en vigor desde las 20h00 del 14 de julio de 2021 y regirá hasta las 23h59 del 28 de julio de 2021, la cual permitirá incrementar las garantías de seguridad sanitaria en atención a los efectos reales y potenciales generados por las nuevas variantes; las cuales se caracterizan particularmente por ser entre un 30 por ciento y 60 por ciento más transmisibles que otras, y su velocidad de transmisión es entre dos y tres veces mayor que el virus primario.
Lea también: COE cantonal dispone que Guayaquil se mantenga en Alerta1
Medidas tomadas
Dentro de las decisiones tomadas
se prohíbe el transporte interprovincial desde El Oro hacia otras provincias del país. En esta jurisdicción también se dispone el toque de queda de lunes a jueves desde las 20h00 hasta las 06h00, y los días viernes, sábado y domingo desde las 18h00 hasta las 06h00. Igualmente se suspenden los permisos para el retorno progresivo a las instalaciones educativas pues se mantendrá la educación a distancia y el teletrabajo será obligatorio para el sector público y privado.
En la ciudad de
Guayaquil se limitan los aforos al 50 por ciento en espacios cerrados de atención al público y 75 por ciento en espacios al aire libre. En el caso del El Oro, el 25 por ciento en todos los establecimientos de atención al público. Mientras que, en el transporte público, en El Oro se limita el aforo al 30 por ciento y en Guayaquil al 50 por ciento. Por otro lado, en ambas localidades se dispone la libre circulación de vehículos privados sin restricción de placa.
Con el fin de que se cumplan estas restricciones, l
a Policía Nacional desplegará un control efectivo e inmediato de situaciones que ocasionen incidentes de aglomeraciones en propiedad privada siempre que siempre que se busque precautelar el distanciamiento social y la implementación de medidas de bioseguridad; y que las medidas de disuasión y dispersión se realicen en apego irrestricto a los derechos constitucionales que no se encuentren limitados por esta declaratoria de estado de excepción.
Algunas excepciones
No tendrán estas limitaciones los servicios de salud y personal sanitario; de seguridad y emergencias; sector estratégico, exportador e importador; prestación de servicios básicos; provisión de alimentos, medicinas, industrias y relacionados al cuidado y crianza de animales; trabajadores de los medios de comunicación y abogados; plataformas, servicios de entregas a domicilio; servicio diplomático; actividades relacionadas al sector financiero - bancario; personas que tienen agendadas sus citas conforme el plan de vacunación y con citas médicas agendadas; entre otras.
El Gobierno Nacional
hace un llamado a la ciudadanía a mantener los protocolos de bioseguridad y a informarse por fuentes oficiales. Además, es importante acudir oportunamente a los centros de vacunación, de conformidad al plan dispuesto por el Ministerio de Salud Pública, pues esta es la única manera de combatir a la pandemia.