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Salud Pública

60 DÍAS MÁS
MSP extiende estado de emergencia sanitaria por aumento de hospitalización y cuidados en UCI por CoVID19
Existe transmisión comunitaria de la CoVID19 en las 24 provincias del país
Jueves, 18 de junio de 2020, a las 12:40
Juan Carlos Zevallos, ministro de Salud.

Juan Carlos Zevallos, ministro de Salud.


Redacción. Quito
El Ministerio de Salud Pública (MSP) ha decretado nuevamente estado de emergencia sanitaria en todos los establecimientos del Sistema Nacional de Salud Pública ante la transmisión comunitaria de la CoVID19 en las 24 provincias del país y la posible hospitalización o atención en cuidados intensivos de la población.
 
Hasta este 18 de junio, en Ecuador se han reportado 49.097 casos confirmados de CoVID19 a nivel nacional (siguen en aumento significativo), de ellos 24.123 personas han superado la enfermedad, 20.109 se encuentran estables en aislamiento domiciliario, 545 hospitalizados estables, 233 hospitalizados con pronóstico reservado y 4.087 han fallecido. Adicional, se registran 2.770 fallecidos probables.
 
Por otro lado, solo 10 provincias registran menos de 500 casos positivos.  
 
Según el acuerdo ministerial 24-2020, ya publicado en el Registro Oficial, la emergencia sanitaria tendrá una duración de 60 días, al igual que el Estado de Excepción decretado por el presidente de la República, Lenín Moreno. Hace algunos días, Ecuador cumplió noventa días de emergencia sanitaria tras las declaratorias realizadas por la exministra Catalina Andramuño (en marzo, de 60 días) y por el actual ministro Juan Carlos Zevallos (en mayo, por 30 días más).
   
Nuevas disposiciones
 
Mientras dure esta declaratoria de emergencia, el MSP ha establecido priorizar los recursos económicos, de talento humano y demás medidas que se estimen necesarias. Además, que todos los establecimientos de salud, públicos y privados, garanticen una atención oportuna a la ciudadanía y continúen con la notificación de los casos relacionados a la CoVID19.
 
Asimismo, se ha decretado que la ARCSA actualice las regulaciones referentes a la producción nacional de medicamentos y dispositivos médicos necesarios para la atención de la emergencia.
 
Sobre las adquisiciones que se deriven de la emergencia sanitaria, el MSP ha determinado que se aplicará de manera obligatoria el artículo 4 de la Ley Orgánica de Contratación Pública.
 
Respecto a las adquisiciones que se realicen desde la Planta Central del MSP necesarias para atender la emergencia sanitaria, se aplicará de manera exclusiva los procedimientos de régimen común y previstos en la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública, su Reglamento y demás normativa del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP).
 
Por otro lado, cada autoridad de las Entidades Operativas Desconcentradas (EOD's) se responsabilizará  por los procedimientos legales a ser utilizados para la adquisición de bienes o servicios. También deberán reportar de manera semanal, a su respectiva Coordinación Zonal, las contrataciones que realicen en el marco de la emergencia sanitaria.
 
Estas disposiciones se han emitido tras las denuncias de corrupción (contrataciones con sobreprecio) en varios establecimientos de salud públicos del país. En 22 provincias se están investigan posibles actos de corrupción.



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