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Salud Pública

A NIVEL NACIONAL
MSP reorganiza su presencia institucional: elimina direcciones distritales y crea oficinas técnicas
Para implementar su reorganización tiene un plazo de 60 días
Lunes, 08 de junio de 2020, a las 12:12
Juan Carlos Zevallos, ministro de Salud.

Juan Carlos Zevallos, ministro de Salud.


Redacción. Quito
En medio de la emergencia sanitaria por CoVID19, el Ministerio de Salud Pública (MSP) ha entrado en un proceso de reorganización de presencia institucional a nivel nacional y reestructuración orgánica de la administración pública central. Para esta gestión tiene un plazo de 60 días.
 
Mediante el acuerdo ministerial 00019 – 2020 (publicado en el Registro Oficial el pasado 5 de junio.) el MSP mantiene las 9 Coordinaciones Zonales de Salud que actualmente se encuentran en el territorio nacional, suprime algunas Direcciones Distritales de Salud y crea varias Oficinas Técnicas.
 
Acceda al acuerdo ministerial 00019 – 2020: https://bit.ly/2AcGqww.
 
A nivel nacional las Direcciones Distritales de Salud serán 88, ya que se suprimen 9 (Direcciones Distritales): 10D01, 15D01, 06D01, 13D01, 09D17, 01D02, 11D01, 09D06 y 17D04, y 43 (Direcciones Distritales) pasan a construirse en Oficinas Técnicas, las cuales tendrán facultades de control y gestión.
 
El manejo de estas Oficinas Técnicas estará a cargo de las Direcciones Distritales de Salud, las cuales a su vez llevarán a cabo el proceso de transición. Serán guiadas por las Coordinaciones Zonales.
 
Por otro lado, según el acuerdo ministerial, las Direcciones Distritales de Salud que pasan a ser Oficinas Técnicas, seguirán manejando los establecimientos de salud que están actualmente a su cargo.
 
Tiempo
 
En 30 días, contados a partir de la publicación del acuerdo ministerial 00019 – 2020 en el Registro Oficial, el MSP deberá elaborar el instructivo para la implementación de este proceso de reorganización.
 
En 60 días, contados a partir de la publicación en el Registro Oficial, las Coordinaciones Zonales finalizarán los procesos de transferencia de bienes, derechos, obligaciones, saldos contables y presupuestos, todos los movimientos financieros así como los movimientos de los servidores y trabajadores en funciones.
 
En 30 días, contados a partir de la publicación en el Registro Oficial, el MSP elaborará las reformas correspondientes a todos los instrumentos jurídicos que se relacionen con la reorganización de su presencia institucional en territorio.



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