Organizaciones de mujeres piden declarar la inconstitucionalidad de los artículos que penalizan el aborto por violación
La Corte Constitucional ha admitido a trámite una demanda ciudadana referente al tema
Jueves, 28 de noviembre de 2019, a las 13:34
Myriam Auz, de Mujeres Con Voz, Sybel Martínez, del Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito, Rocío Rosero, de la Coalición Nacional de Mujeres, y Virginia Gómez de la Torre, de Fundación Desafío.
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Redacción. Quito
La Corte Constitucional ha informado que
ha admitido a trámite una demanda ciudadana de inconstitucionalidad del numeral 2 del artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece las causales del aborto no punible (sin sanción penal). Esto tras no dar paso a la objeción del presidente de la República, Lenín Moreno, a la transitoria segunda del proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La Corte ha señalado que
realizará el análisis constitucional correspondiente a esa demanda ciudadana, cuya causa es “una acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos”. Ésta fue presentada por Miriam Elizabeth Ernest Tejada, de la Coalición Nacional de Mujeres, Olga Virginia Rosalía Gómez, de la Torre de la Fundación Desafío y Katherine Alexandra Obando Vleasquez, del Frente Ecuatoriano por la Defensa de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos.
En rueda de prensa, representante de las organizaciones de mujeres han solicitado que se declare la inconstitucionalidad de los artículos
149 y 150 del COIP, referentes al aborto consentido y aborto no punible.
“
No vamos a permitir que ningún calculado silenciamiento avale o habilite deliberadamente la tortura que niñas, adolescentes y mujeres viven en Ecuador producto de la violencia sexual. Tampoco vamos a permitir que poco a poco vayan reduciendo un presupuesto para poner en marcha nuestra protección integral”, ha
dicho Sybel Martínez, del Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito, al hablar sobre la demanda de inconstitucionalidad de la penalización del aborto por violación.
Las activistas también han lamentado
que en estos años se haya implementado parcialmente la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (LOIV) y que se cuente con un presupuesto reducido para su aplicación. La Secretaría de Derechos Humanos, como rector de la ley, envió una proforma por 5.408.561 dólares, cantidad que fue reducida por la Asamblea Nacional a 876.862 dólares, han señalado.
“Despenalizar el aborto en caso de violación e implementar la Ley para prevenir y Erradicar la violencia contra las mujeres en el Ecuador
son emergencias impostergables”, han indicado.