EN REDES SOCIALES
Polémica por sentencia de la Corte Constitucional sobre vida y salud sexual de los adolescentes
El fallo dice que los adolescentes tienen derecho a ejercer su sexualidad de forma libre, responsable e informada
Ante esta sentencia de la CC, las críticas a favor y en contra se han hecho presentes.
|
Redacción. Quito
Tras una acción de protección presentada por Marcel Ramírez, entonces presidente de la Fundación Ciudadana Papá por Siempre, en contra de la campaña para prevenir el embarazo adolescente del Ministerio de Salud Pública (MSP), la Corte Constitucional (CC) ha
expedido una sentencia en la que señala que “
corresponde únicamente a la o el adolescente decidir sobre su vida y salud sexual y reproductiva, fundamentando sus decisiones en las herramientas otorgadas por la familia y el Estado, para la adopción de decisiones libres, informadas y responsables”.
La Corte Constitucional ha considerado que el derecho a disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos, y de decidir libre, responsable e informadamente, procrear o no, es
un derecho que corresponde ejercer directamente a las y los adolescentes, como sujetos plenos de derechos y en virtud del principio de autonomía.
Asimismo, ha indicado que, dada la trascendencia de estos derechos,
se debe dotar a los adolescentes de instrumentos normativos, científicos, educativos, de salud e informativos, que tengan por objetivo la construcción de un criterio “libre y responsable” sobre cómo ejercer su sexualidad y controlar su capacidad reproductiva. “Permitiéndoles vivir una adolescencia plena y feliz y garantizando su salud sexual y reproductiva”.
Las reacciones
Ante esta sentencia, las
críticas a favor y en contra se han hecho presentes en redes sociales y otros espacios.
Por ejemplo, en declaraciones para medios locales,
Salim Zaidán, de la Plataforma Unión por Nuestros Hijos,
ha rechazado la sentencia porque cree que “parte de una visión demasiado intervencionista del Estado en la familia y va contra la patria potestad de los padres sobre los hijos que sirve para asegurar su cuidado hasta que sean mayores de edad y puedan ejercer a plenitud su capacidad de decisión”.
Mientras que
Virginia Gómez de la Torre, de Fundación Desafío, ha considerado que este fallo “
llega en un momento oportuno y sienta un precedente”, pues a su decir, “la sentencia dice que la autoridad tuitiva (de proteger) del padre cesa cuando el ejercicio de la obligación de cuidado, crianza, educación, alimentación, desarrollo integral y protección de derechos de niños y adolescentes vulnera su derecho a la información, a la educación y a la salud sexual y reproductiva”.
“
Es maravilloso que la Corte se haya apegado a la visión y a la declaración de un Estado laico y que haya podido leer la realidad. En el país se necesita transmitir información basada en evidencia científica”, ha expresado.
Por su parte,
Santiago Guarderas, magíster en Derecho Procesal, a través de su cuenta de Twitter ha calificado de “
nefasto” este fallo.
“Sinceramente
se debería hacer una discusión más completa a cerca de este tema, cual es la visión futura del país, queremos, adolescentes que por disfrutar ‘vida sexual satisfactoria y sin riesgos’ huyen de las casas, señoritas desaparecidas de sus hogares, más índices de embarazos”, ha dicho
Diego Ochoa Muñoz, a través de su cuenta de Twitter.
“¿
Y cuándo los adolescentes no han decidido sobre su vida sexual? Con tanto embarazo adolescente es clara la respuesta. La resolución indica facilitarles información adecuada. Enseñarles a ser responsables de sus actos, no que la cigüeña trae a los niños. Dejen de ser ilusos”, ha expresado el comunicador
Darío Dávalos, en la misma red social.
El dato
En la acción de protección presentada en contra del MSP,
Marcel Ramírez ha argumentado que el ministerio omitió tener en cuenta el punto de vista de los padres antes de tal campaña y eso menoscababa su deber constitucional de educar a sus hijos.