Registro sanitario no será obligatorio para algunos productos
Solo exigirán certificado de Buenas Prácticas
Miércoles, 30 de diciembre de 2015, a las 16:44
Verónica Loaiza, Coordinadora Zonal 7 de Arcsa.
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Redacción.Quito
En cumplimiento a la Ley Orgánica de incentivos para Asociaciones Público - Privada (APP) y la inversión extranjera, la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) ha anunciado que algunos productos ya no requieren registro sanitario.
Verónica Loaiza, Coordinadora Zonal 7 de Arcsa, ha precisado que los fabricantes de alimentos procesados, aditivos alimentarios, cosméticos, productos higiénicos, productos nutracéuticos, productos homeopáticos, plaguicidas para uso doméstico e industrial; “ya no requieren emitir el registro sanitario de sus productos, sino que se hará solamente una notificación sanitaria que tiene un proceso sencillo y rápido”.
Según Loaiza, el certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) garantiza la inocuidad de los productos desde la producción y “permite que los productos ecuatorianos entren a otros mercados del mundo con estándares internacionales”.
Por lo tanto, la ley APP establece que aquellas empresas que tengan certificado BPM no requieren obtener la notificación sanitaria, registro sanitario, ni permiso de funcionamiento del establecimiento.
Esta medida “elimina de manera directa las barreras que impedían a los ciudadanos producir, comercializar y exportar, ya que esto disminuye los costos, tramitología y tiempo para comercializar nuevos productos ecuatorianos”, se ha informado.
Sin embargo, continúan sujetos a la obtención de registro sanitario los medicamentos en general, productos biológicos, productos naturales procesados de uso medicinal, productos dentales, dispositivos médicos y reactivos bioquímicos de diagnóstico, fabricados en el territorio nacional o en el extranjero, para su importación, comercialización, dispensación y expendio.